Generalidades

La normativa define a los manipuladores de alimentos como a todas las personas que, por su actividad laboral, tienen contacto directo con alimentos durante cualquiera de las fases o etapas por las que pasan. Son, por tanto, todas las personas que trabajan con alimentos.

El profesional de la alimentación, en cualquiera de sus modalidades, tiene la responsabilidad de respetar y proteger la salud de los consumidores por medio de una manipulación adecuada.

 

Normativa
Legislación europea

Reglamento (CE) n° 852/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004,  relativo a la higiene de los productos alimenticios.