Residuos Sanitarios

La Ley 22/2011, de residuos y suelos contaminados, establece la previsión de medidas para reducir su generación y para evitar y minimizar  los impactos adversos sobre la salud humana y el medio ambiente.

            Por “residuo”, se entiende cualquier sustancia u objeto que su poseedor deseche o tenga la intención o la obligación de desechar y por “ residuo peligroso” como aquel que posea alguna de las características de peligrosidad indicadas en su anexo III.

            Esta Ley indica que los residuos peligrosos han de separarse de los no peligrosos desde el momento de su producción, y que la determinación de los residuos que han de considerarse como peligrosos y no peligrosos, se hará de conformidad con la Lista Europea de Residuos (LER)

            Por “ residuos sanitarios” se entiende los generados en el desarrollo de las actividades sanitarias llevadas a cabo en los centros o servicios médicos, farmacéuticos, veterinarios o de investigación asociada, es decir, en los CENTROS SANITARIOS.

          
            Los centros sanitarios son responsables, de llevar a cabo una adecuada gestión de sus residuos hasta la entrega de los mismos a un gestor autorizado.

            Para facilitar y homogeneizar la gestión intracentro de todos los residuos sanitarios generados, independientemente de la titularidad pública o privada de los mismos, la Dirección General de Salud Pública ha editado la “Guía para la Gestión de Residuos Sanitarios del Principado de Asturias”. Con esta Guía se pretende además proporcionar una herramienta útil, completa y actualizada, que mejore la eficacia y eficiencia en la gestión de estos residuos y facilite la elaboración del programa de gestión, del que debe disponer cada centro productor.

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