Policía Sanitaria Mortuoria

La Policía Sanitaria Mortuoria, comprende:

  • La regulación de toda clase de prácticas sanitarias sobre cadáveres, restos cadavéricos y restos humanos.
  • Las condiciones sanitarias que han de cumplir los cementerios públicos, privados o mixtos, así como cualquier otro lugar de enterramiento.
  • Las condiciones que deben cumplir las instalaciones y servicios funerarios: tanatorios, velatorios, crematorios, vehículos fúnebres y féretros.  
  • Autorización para la exhumación con o sin traslado de cadáveres y restos cadavéricos.
  • Traslado de cadáveres fuera del ámbito territorial del Principado de Asturias.

Todas estas actividades están reguladas por el Decreto 72/1998, de 26 de noviembre, Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.

TRÁMITES:

Comunicación previa al traslado de cadáveres del grupo III a otras Comunidades Autónomas

Autorización de exhumación de cadáveres o restos cadavéricos, con o sin traslado

 

El órgano competente en el Principado de Asturias, en esta materia es el Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental de la Dirección General de Salud Pública y Atención a la Salud Mental de la Consejería de Salud, sin perjuicio de otras competencias concurrentes en la materia.

 

PARA TRASLADOS INTERNACIONALES, dirigirse a:

SANIDAD EXTERIOR

C/ Claudio Alvargonzález nº30

33201- Gijón

Tlfno: 984769410-984769416

      

 PRÁCTICAS SOBRE CADÁVERES:

El personal que realice las técnicas de tanatopraxia, excepto la refrigeración y la tanatoestética, deberá poseer el título de Licenciatura o Grado en Medicina y Cirugía o bien contar con la formación específicada en el Real Decreto 1535/2011, de 31 de octubre, por el que se establece el certificado de profesionalidad de la familia profesional Sanidad, y será designado libremente por la familia del difunto.

Una vez efectuada la práctica, el profesional responsable de la misma documentará la actuación mediante un informe, según el modelo normalizado, en el que hará constar la técnica empleada y las sustancias utilizadas.

Durante la exhumación de cadáveres, los médicos tanatólogos actuantes comprobarán el estado en que se encuentra el cadáver y teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes, determinarán las medidas higiénico-sanitarias adecuadas, pudiendo acordar la sustitución del féretro o de la caja exterior, si fuese necesario.