La DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA para el desarrollo de sus funciones se estructura en las siguientes unidades administrativas con rango orgánico de servicio:

a) servicio de Salud Poblacional.

b) servicio de Vigilancia Epidemiológica.

A la Dirección General de Salud Pública queda adscrita, como órgano desconcentrado, la Agencia de Seguridad Alimentaria, Sanidad Ambiental y Consumo . Para el desarrollo de sus funciones se estructura en las siguientes unidades, con rango de servicio:

a) Servicio de Consumo.

b) Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental.

c) Laboratorio de Salud Pública.

Organigrama

 

1. SERVICIO DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y SANIDAD AMBIENTAL

A/ SERVICIOS CENTRALES

Corresponde a este Servicio dentro del marco competencial que nos ocupa, entre otras las siguientes funciones:

a) El diseño y la evaluación de programas y actuaciones dirigidos a la investigación y control de agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el medio ambiente que puedan ocasionar riesgos para la salud de la población en colaboración con otros órganos de las Administraciones Públicas.

b) La dirección, implantación y seguimiento de los programas, anteriormente referidos, en los Servicios Periféricos de la Consejería de Salud

c) La tramitación y gestión de los registros de establecimientos y servicios de biocidas de uso ambiental y de aquellos otros relacionados con las actividades del Servicio que pudieran serle asignados.

d) El apoyo a las actividades de investigación y control de brotes epidémicos y alertas epidemiológicas realizadas por el Servicio de Vigilancia Epidemiológica.

B/ SERVICIOS PERIFÉRICOS: UNIDADES TERRITORIALES DE ÁREA

Los equipos territoriales de Área, dependientes orgánicamente del Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental, es un conjunto orgánico integrado por un equipo multidisciplinar de profesionales, capaces de dar una respuesta eficaz a la tarea de proteger y promover la salud en las persas zonas del Principado de Asturias.

Actividades técnicas de las Unidades Territoriales del Área, en el marco de sanidad ambiental, son entre otras:

a) La inspección del cumplimiento de las normas sanitarias y la elaboración de informes sanitarios relacionados con las competencias asignadas a la Comunidad Autónoma en los siguientes aspectos:

  • Los aplicables a lugares, centros, locales  o hábitats que puedan afectar a la salud colectiva de la población.
  • Uso del agua en cualquier fase del ciclo de captación, almacenamiento, depuración, distribución y consumo, incluyéndose su uso recreativo (playas, piscinas, etc.).
  • Utilización de biocidas de uso ambiental y alimentario, materias tóxicas y materiales peligrosos.
  • Aspectos sanitarios relacionados con las actividades clasificadas contempladas en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.
  • Cementerios y establecimientos sometidos al Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.

b) La implantación, el seguimiento y la ejecución de los programas de salud relacionados con aquellas situaciones ambientales que puedan poner en riesgo a la población, además de recoger la información necesaria para fundamentar las políticas de salud en estos campos..

c) La inspección del cumplimiento de las normas sanitarias y la elaboración de informes sanitarios relacionados con las competencias asignadas a la Comunidad Autónoma.

d) El Registro y tramitación de quejas y denuncias ciudadanas relacionadas con aspecto de potencial riesgos para la salud de las personas y, en su caso, verificación y realización de informe sanitario.

e) Todas aquellas otras dirigidas a la evaluación y gestión de riesgos para la salud procedentes del medio físico, en sentido amplio, incluida la colaboración con otros servicios de la Dirección General de Salud Publica, especialmente en lo referente a la investigación y control de brotes epidémicos.

Organigrama

 

2. LABORATORIO DE SALUD PÚBLICA

Son funciones del Laboratorio de Salud Pública, entre otras, las siguientes:

a) La prestación de apoyo técnico y soporte analítico a los programas atribuidos a la Consejería de Salud y de aquellos que se establezcan con otros órganos de la Administración del Principado de Asturias, de las entidades locales y de la Administración General del Estado en materia de salud pública.

b) La conexión con otros laboratorios oficiales para la remisión de peticiones analíticas que por su especificidad o complejidad no puedan se abordadas por el propio Laboratorio.

Organigrama

 

3. SERVICIO DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA

Es su cometido primordial la investigación de brotes epidémicos y alertas epidemiológicas, en colaboración con el Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental.

4. SERVICIO DE CONSUMO

Su objetivo fundamental se centra en la formación, educación e información en materia de consumo.